Dictan 30 días de prisión preventiva a persona apuntaba con laser aviones en Santiago (Rep. Dom.)
La persona identificada como David Marte (alias Capital), quien fue sorprendido por la policía de Santiago de los Caballeros, cuando apuntaba con rayo láser la cabina de un avión en aterrizaje el pasado 29 diciembre en el aeropuerto internacional del Cibao, ha recibido la sentencia de 30 días de prisión preventiva, por lo cual el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) saluda la decisión de un tribunal del distrito judicial de Santiago sobre este caso.
De acuerdo a la nota emitida por la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas del IDAC, esa acción es considerada un “acto de interferencia ilícita”, que pudiera ocasionar un desastre aéreo al dificultar la visibilidad de los pilotos durante la maniobra de aproximación a la pista, que llevó al juzgado a dictar la medida de coerción contra el prevenido.
La prisión de Marte se ordena para el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres hasta que concluyan las investigaciones del caso para procesarlo judicialmente.
“Dado el caso las oficinas jurídicas de las instituciones estatales que regulan el sector aeronáutico trabajan en la acusación formal contra el prevenido y reclamar la sanción que ordena la ley” indica el comunicado.
El mes pasado el director del IDAC, Alejandro Herrera, denunció la ocurrencia de “acto de interferencia ilícita” con el uso de punteros de rayos láser sobre las aeronaves comerciales de pasajeros en proceso de aterrizaje, que ha provocado dificultades y quejas de pilotos y aerolíneas.
“Son tantos los riesgos que presentan para la seguridad aérea el uso de rayos láser apuntando las aeronaves, que pudiera calificarse casi un acto de terrorismo”, había advertido Herrera sobre las consecuencias legales que el uso de estas luminarias genera a sus promotores.
“Que las autoridades policiales hayan intervenido y se cuente con un dictamen de la justicia resulta una advertencia disuasiva”, se dice en la nota del IDAC en la que se adelanta sobre las reuniones de coordinación que para perseguir la infracción celebran las diferentes instituciones de la aviación civil.
La Ley 188-11 de Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil prevé sanciones penales para el tipo de infracciones señaladas.
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